.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
institución:MUNICIPALIDAD DE FLORES
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

54 resultados encontrados en 31 ms. Página 3 de 6
Descargar    Expandir/Colapsar
AUDIENCIA INICIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a nueve horas nueve minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho.------------------ Recursos de apelación interpuestos por la empresa RECOLECTORA ALAJUELENSE DE BASURA S.A. y el CONSORCIO PASA-TECNOAMBIENTE en contra del acto de adjudicación de las líneas No. 1 y 2, respectivamente, de la LICITACION PUBLICA No. 2017LN-000005-01, promovida por la MUNICIPALIDAD DE FLORES para la contratación del “Servicios de recolección, trasporte, y disposición final de los desechos sólidos ordinarios del cantón de flores”, ambas líneas recaídas a favor del CONSORCIO EMPRESAS BERTHIER EBI DE COSTA RICA S.A.-INVERSIONES PRIMO DEL VALLE S.A., por un monto de ¢12.390,00 (doce mil trescientos noventa colones) por tonelada métrica para la línea No. 1 y ¢7.999,00 (siete mil novecientos noventa y nueve colones) por tonelada métrica para la líneas No.2.--------- De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, el numeral 190 del Reglamento a dicha Ley, el artículo 9 del Reglamento de Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, y por acuerdo del órgano colegiado se admite para su trámite el recurso interpuesto y se confiere AUDIENCIA INICIAL, por el improrrogable plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, a la MUNICIPALIDAD DE FLORES y al CONSORCIO EMPRESAS BERTHIER EBI DE COSTA RICA S.A.- INVERSIONES PRIMO DEL VALLE S.A. para que se manifiesten por escrito lo que a bien tengan, con respecto a los alegatos formulados por las empresas recurrentes en los escritos de interposición de los recurso y del mismo modo, para que aporten u ofrezcan las pruebas que estime oportunas y señalen medio para recibir notificaciones, de preferencia correo electrónico. Pa ...
Fecha publicación: 23/03/2018
Fecha emisión: 20/03/2018
Documento: 04222-2018.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº? ?3671 09 de marzo de 2018 DJ-0273 Señor Geovanny Chinchilla Sánchez Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE FLORES gchinchilla@flores.go.cr Estimado señor Asunto: ?Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: falta de competencia. Se refiere este despacho a su oficio n° AI-OF-005-18 del 22 de febrero de 2018, recibido en esta Contraloría General en esa misma fecha, mediante el cual realiza literalmente las siguientes consultas: “1- ¿Cuál es el tiempo que la administración activa, necesita para contratar personal en una plaza vacante? 2- El alcalde municipal, puede contratar a personal en plazas vacantes; sin que el Encargado de Recursos Humanos institucional no haya realizado el concurso interno, conforme al artículo N° 128 lo establece el Código Municipal, vigente. 3- Puede el señor Alcalde Municipal obviar lo establecido en el artículo N° 124 del Código Municipal vigente, para contratar personal municipal sin que cumplan algún requisito de idoneidad, por ejemplo, los años de experiencia. 4- Se pueden le pagar horas extras al encargado de tener los registros contables al día incluyendo a otros funcionarios de una municipalidad por varias semanas, con el pretexto de que los registros contables se encuentran atrasados. Asunto que le atañe al funcionario contratado para esa función, quien no hacia su trabajo cotidiano. 5- Es posible que el señor Alcalde Municipal le de un recargo de funciones al encargado de recursos humanos institucional para que este ejerza la función del Director Financiero administ-ativo, plaza vacante desde hace Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr ?htt ...
Fecha publicación: 11/03/2018
Fecha emisión: 08/03/2018
Documento: 3671-2018.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia


R-DCA-0934-2017 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas cincuenta y siete minutos del siete de noviembre del dos mil diecisiete.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- DILIGENCIAS DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN interpuestas por la MUNICIPALIDAD DE FLORES en relación con la resolución R-DCA-890-2017 de las catorce horas veintiún minutos del veintiséis de octubre del dos mil diecisiete, por medio de la cual esta División resolvió los recurso de objeción interpuesto por la empresa LUMAR INVESTMENT S.A en contra del cartel de la LICITACION PUBLICA No. 2017LN-000001-01 promovida por la MUNICIPALIDAD DE FLORES para la contratación de “Servicios de recolección, trasporte, y disposición final de los desechos sólidos ordinarios del cantón de flores”.-------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que mediante escrito presentado en fecha 31 de octubre del 2017, la Municipalidad de Flores presentó diligencias de adición y aclaración en contra de la resolución R-DCA-890-2017 de las catorce horas veintiún minutos del veintiséis de octubre del dos mil diecisiete, por medio del cual esta División resolvió lo siguiente: “Declarar con lugar el recurso de objeción interpuesto por la empresa empresa LUMAR INVESTMENT S.A en contra del cartel de la LICITACION PUBLICA No. 2017LN-000001-01 promovida por la MUNICIPALIDAD DE FLORES para la contratación de “Servicios de recolección, trasporte, y disposición final de los desechos sólidos ordinarios del cantón de flores”.-------------------------------------------------------------- II. Que dicha resolución fue notificada a la empresa objetante y a la Administración licitante en fecha treinta de octubre del dos mil diecisiete.------------------------------------------------------------------ III. Que esta resolución se emite dentro ...
Fecha publicación: 10/11/2017
Fecha emisión: 07/11/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCION DE ADICION Y ACLARACION
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE ADICION Y ACLARACION (OBJECIONES)


R-DCA-0890-2017 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas veintiún minutos del veintiséis de octubre del dos mil diecisiete.--- Recurso de objeción interpuesto por la empresa LUMAR INVESTMENT S.A en contra del cartel de la LICITACION PUBLICA No. 2017LN-000001-01 promovida por la MUNICIPALIDAD DE FLORES para la contratación de “Servicios de recolección, trasporte, y disposición final de los desechos sólidos ordinarios del cantón de flores”---------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el objetante Microbiología Industrial S.A., presentó en fecha once de octubre de dos mil diecisiete recurso de objeción contra el cartel de la citada licitación. -------------------------------------- II. Que mediante auto de las nueve horas cuarenta y nueva minutos del doce de octubre del dos mil diecisiete se otorgó audiencia especial a la Administración licitante respecto al recurso de objeción, misma que fue atendida mediante oficio No. AMF-CE-156-2017 del diecisiete de octubre de dos mil diecisiete.----------------------------------------------------------------------------------------- III. En el procedimiento se han observado la disposiciones legales respectivas.----------------------- CONSIDERANDO I. Sobre el fondo del recurso. 1) Cláusula 6.7.1 Distancia al relleno sanitario. Expone la objetante que que mediante modificación al cartel se eliminó la disposición que establecía límites a la distancia al relleno sanitario, es decir, el cartel definía una distancia máxima de 25 kilómetros desde el centro del distrito cabecera cantonal, hasta el eventual relleno sanitario donde se realizaría la disposición final de desechos. Afirma que al dejarse sin efecto dicha disposición queda abierta la posibilidad de que el eventual relleno sanitario esté ubicado en La Uruca, Aserrí, Orotina, Miramar de Montes de Oro, Limón o Santa Cruz de Guanacaste ...
Fecha publicación: 31/10/2017
Fecha emisión: 26/10/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


R-DCA-0754-2017 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas veintiún minutos del diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete. - Recurso de objeción interpuesto por WPP Coriclean Waste Collection, S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública 2017LN-000001-01, promovida por Municipalidad de Flores para la “Contratación de los servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos ordinarios del cantón de Flores”.-------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que WPP Coriclean Waste Collection, S.A., presentó en fecha 05 de setiembre de 2017 recurso de objeción. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Que mediante el auto de las trece horas treinta y ocho minutos del seis de setiembre de dos mil diecisiete se otorgó audiencia especial, la cual fue contestada por medio del oficio AMF-CE- 128-2017.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ CONSIDERANDO I. Sobre el fondo. 1) 10 años de vida útil del relleno sanitario. Señala la objetante que de acuerdo con el plazo de la contratación se debe establecer el requisito de admisibilidad, siendo la disponibilidad de una vida útil del relleno sanitario a contratar para la disposición final de los residuos sólidos de al menos un año, y un máximo de cuatro años. No obstante, argumenta que el cartel de licitación objetado establece como requisito un plazo de vida útil del relleno contratado de diez años, es decir diez veces por encima del plazo establecido en el cartel para el contrato, y dos veces o media más de la totalidad de prórrogas que establece ese mismo cartel. Agrega, que para beneficiar a las empresas competidoras se establece un plazo a todas luces injustificado, irracional y arbitrario, ya que no se debe r ...
Fecha publicación: 22/09/2017
Fecha emisión: 19/09/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 06192 31 de mayo del 2017 DJ-0627 Licenciado Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE FLORES grojas@flores.go.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo. Se refiere este Despacho al correo electrónico del 11 de mayo de 2017, recibido en esta Contraloría en misma fecha, consulta si es procedente pagar recargo de funciones a la encargada de la unidad técnica de Gestión Vial, de la cuenta del programa I de la administración o si debe pagarse a través del programa II, donde se ubican las cuentas presupuestarias del Acueducto Municipal, ya que dichas funciones de recargo son propias de ese departamento. A partir de lo anterior, en oficio de esta Contraloría General, número 05613-2017 (DJ- 0573) del 18 de mayo de 2017, dentro del análisis de admisibilidad correspondiente se requirió al gestionante, en el plazo de cinco días hábiles, aportar criterio jurídico, y firma de documento, con el fin de que se indicara cual es la posición de la Municipalidad respecto al tema. Se recibió el documento firmado, pero no así el criterio legal. El artículo 10 del Reglamento sobre la Recepción y Atención de Consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (resolución R-DC-197-2011), publicado en La Gaceta n.° 244 del 20 de diciembre de 2011, indica: División Jurídica 2 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica “Artículo 10º—Plazo para cumplir prevención de requisitos. En aquellos casos en los que se prevenga el cumplimiento de uno o varios requisit ...
Fecha publicación: 03/06/2017
Fecha emisión: 31/05/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Incumplimiento de prevención


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 05613 18 de mayo del 2017 DJ-0573 Señor Wilberth Apú Sánchez, Director financiero MUNICIPALIDAD DE FLORES wapu@flores.go.cr Estimado señor: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la Contraloría General de la República. Se refiere este Despacho al correo electrónico del 11 de mayo de 2017, recibido en esta Contraloría, consulta si es procedente pagar recargo de funciones a la encargada de la unidad técnica de Gestión Vial, de la cuenta del programa I de la administración o si debe pagarse a través del programa II, donde se ubican las cuentas presupuestarias del Acueducto Municipal, ya que dichas funciones de recargo son propias de ese departamento. En atención a la consulta planteada, de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, n.° 7428, del 07 de setiembre del año 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. División Jurídica 2 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://ww ...
Fecha publicación: 21/05/2017
Fecha emisión: 18/05/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 02767 06 de marzo del 2017 DJ-0274 Señor Lic. Geovanny Chinchilla Sánchez Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE FLORES gchinchilla@flores.go.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo. Se refiere este Despacho al oficio AI-OF-015-17, del 15 de febrero de 2017, recibido en esta Contraloría el 15 de febrero del mismo año, mediante el cual se consulta sobre cuál es el proceder de la unidad de Auditoría Interna, cuando la Administración, por un criterio del asesor legal, no actúa ante las advertencias realizadas por la misma Auditoría. A partir de lo anterior, en oficio de esta Contraloría General, número 02331-2017 (DJ- 0230) del 23 de febrero de 2017, dentro del análisis de admisibilidad correspondiente se requirió al gestionante, en el plazo de cinco días hábiles, aclarar el objeto de dicha consulta, con el fin de que se indique si lo consultado se refiere a los temas de fondo que advirtió a la administración, si es concretamente de la participación de asesores en las comisiones municipales, o sobre los mecanismos existentes para hacer que se cumplan las advertencias dadas por la Auditoría Interna, como parte de mejoras del control interno existente del Municipio. El artículo 10 del Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (resolución R-DC-197-2011), publicado en La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011, indica: mailto:gchinchilla@flores.go.cr División Jurídica 2 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José ...
Fecha publicación: 09/03/2017
Fecha emisión: 06/03/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Incumplimiento de prevención


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 02331 19 de enero del 2017 DJ-0230 Señor Lic. Geovanny Chinchilla Sánchez Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE FLORES gchinchilla@flores.go.cr Estimado señor: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la Contraloría General de la República. . Se refiere este Despacho al oficio AI-OF-015-17, del 15 de febrero de 2017, recibido en esta Contraloría el 15 de febrero del mismo año, mediante el cual se consulta sobre cuál es el proceder de la unidad de Auditoría Interna, cuando la Administración, por un criterio del asesor legal, no actúa ante las advertencias realizadas por la misma Auditoría. En atención a la consulta planteada, de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre del año 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8.00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República. En el inciso 3), destaca que la consulta de ...
Fecha publicación: 26/02/2017
Fecha emisión: 23/02/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 14309 2 de noviembre, 2016 DFOE-DL-1154 Licenciado Geovanny Chinchilla Salas Auditor Interno gchinchilla@flores.go.cr MUNICIPALIDAD DE FLORES Heredia Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Auditor Interno de la Municipalidad de Flores con respecto a la ubicación de la unidad de auditoría en la estructura organizacional, eventuales ajustes salariales para el auditor y responsabilidades por no atender directrices emitidas por la Contraloría General de la República, lo anterior para actualizar el reglamento de funcionamiento de la auditoría interna. Se atiende la solicitud de criterio que plantea mediante el oficio N.° AI-OF-060- 16 del 28 de setiembre de 2016, en el que indica que para efectos de actualizar el reglamento de funcionamiento de la auditoría interna, consulta sobre la ubicación de la unidad de auditoría en la estructura organizacional, eventuales ajustes salariales para el auditor y responsabilidades por no atender directrices del artículo 27 de la Ley General de Control Interno emitidas por la Contraloría General de la República. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Las dos primeras consultas, son planteadas con conocimiento de que la normativa que enuncia ya fue derogada, y que el oficio N.° 03415 de treinta de marzo de 2001, del que transcribe parte, se emitió tiempo atrás cuando regía un marco normativo que a la fecha se ha ajustado y cambiado de acuerdo con la evolución sobre la materia y los requerimientos actuales. La tercera consulta, es sobre directrices recientes que emitió el Órgano Contralor, relacionadas con lo dispuesto en el numeral 27 de l ...
Fecha publicación: 04/11/2016
Fecha emisión: 02/11/2016
Institución: MUNICIPALIDAD DE FLORES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Funciones